AUTOR: IGNACIO RULL. Abogado Alter Consultores Legales
PREGUNTA.- En el colegio que dirijo, el padre de un alumno, divorciado, me ha manifestado el cambio de centro, pero no han procedido a la inscripción en otro colegio, y la madre insiste en que el alumno continúe aquí. ¿Qué hacemos? ¿Puede uno de los padres tomar esa decisión de manera individual? ¿Debo realizar la preinscripción?
RESPUESTA.- La decisión de matricular a un menor en un centro escolar no puede tomarse de forma unilateral por parte de uno de sus padres, sino que debe ser conjunta, salvo disposición contraria de la sentencia o convenio regulador donde se trate del régimen de custodia y patria potestad. En todo caso, recordamos el 13.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor: “Cualquier persona