AUTOR: Alter Consultores Legales

PREGUNTA.- Tenemos previsto instalar un ascensor en una residencia para religiosas mayores. ¿Debemos pagar el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras?

RESPUESTA.- Ciertamente, la instalación de ascensores en sus comunidades o residencias exigirá el otorgamiento de la correspondiente licencia de obra y constituye hecho imponible del ICIO. Debe tenerse en cuenta que el ICIO es un impuesto indirecto, real, objetivo y municipal, cuyo hecho imponible…